Descripción general de los centros de vida asistida/cuidados residenciales para personas mayores (RCFE)
¿Qué es un centro de cuidados residenciales para personas mayores?
Los centros de cuidados residenciales para personas mayores (RCFE) – a veces llamados «vida asistida» (por ejemplo, 16+ camas) o «Board and Care» (por ejemplo, de 4 a 6 camas) – son instalaciones no médicas que proporcionan habitación, comidas, limpieza, supervisión, almacenamiento y distribución de la medicación, y asistencia para el cuidado personal con actividades básicas como la higiene, vestirse, comer, bañarse y trasladarse. Las RCFE atienden a personas de 60 años o más.
Este nivel de atención y supervisión es para personas que no pueden vivir solas pero que no necesitan atención de enfermería las 24 horas del día. Las RCFE se consideran instalaciones no médicas y no están obligadas a tener enfermeras, asistentes de enfermería certificados o médicos en el personal.
¿En qué se diferencian las residencias de ancianos de las residencias asistidas?
Desde el punto de vista de la licencia, no hay ninguna diferencia. En California, las instalaciones que se describen a sí mismas como residencias asistidas y que ofrecen cuidados personales y supervisión están autorizadas como RCFEs.
Las RCFEs están dominadas por instalaciones más pequeñas (es decir, de 6 a 15 camas), de propiedad local con habitaciones compartidas. Los centros más grandes suelen ofrecer apartamentos privados y tienden a ser de propiedad corporativa. Muchas de las instalaciones más grandes tienen diferentes opciones de tarifas en función del tipo de atención necesaria.
¿Están regulados los centros de atención residencial para personas mayores?
Sí. Las RCFEs deben cumplir con los estándares de cuidado y seguridad establecidos por el Estado y son autorizadas e inspeccionadas por el Departamento de Servicios Sociales, Licencias de Cuidado Comunitario (CCL).
Los complejos de viviendas para personas mayores, las aldeas de jubilación o los hoteles de jubilación que sólo proporcionan alojamiento, limpieza y comidas no están obligados a tener licencia como RCFEs.
¿Se requiere que las instalaciones de cuidado residencial para personas mayores tengan un seguro de responsabilidad civil?
Todas las RCFEs están obligadas a mantener un seguro de responsabilidad civil por la cantidad de al menos $1,000,000 por ocurrencia y $3,000,000 anualmente para cubrir lesiones a los residentes o invitados causadas por la negligencia del dueño o empleados de la instalación. (Código de Salud y Seguridad de California, Sección 1569.605.)
¿Puede un centro de atención residencial para ancianos atender a personas con demencia?
Tal vez. Algunos centros ofrecen servicios especiales a personas con demencia si cumplen con ciertos requisitos de licencia. (Código de Reglamentos de California, Título 22, Secciones 87705, 87706.) Asegúrese de que el centro tenga experiencia en el cuidado de personas con demencia y que cumpla con todas las normas de licencia del estado para proporcionar cuidado de personas con demencia.
¿Aceptará o retendrá un centro de atención residencial para personas mayores a alguien que necesite atención médica?
Quizás. Dependerá del tipo y la gravedad de la(s) afección(es) médica(s) y de si el centro cumple con las normas de autorización del estado para las afecciones «restringidas». Algunas condiciones médicas no están permitidas en una RCFE (por ejemplo, alimentación por sonda o tratamiento de escaras abiertas). (Código de Reglamentos de California, Título 22, Sección 87615.) El centro debe informar a los residentes por escrito, en el momento de la admisión o antes, de cualquier limitación de retención de residentes establecida por el estado o el centro, como por ejemplo si el centro puede atender a personas que necesitan ayuda para salir del edificio en caso de emergencia (es decir, no ambulantes) o con determinadas condiciones médicas (por ejemplo, exención de cuidados paliativos). (Código de Salud y Seguridad de California, Sección 1569.269(a)(15); Código de Reglamentos de California, Título 22, Sección 87468.2(a)(13).)
¿Y si mis necesidades médicas aumentan, puedo quedarme?
Tal vez. Dado que una RCFE no está autorizada como instalación «médica», las personas que requieren alimentación por sonda, tratamiento de úlceras de decúbito abiertas o atención de enfermería las 24 horas del día no pueden residir en las RCFE. (Código de Reglamentos de California, Título 22, Sección 87615.) Sin embargo, algunas RCFE tienen permiso para atender a personas en cuidados paliativos. (Código de Salud y Seguridad de California, Sección 1569.73; Código de Reglamentos de California, Título 22, Secciones 87632, 87633.)
¿Cuáles son las calificaciones para el personal?
Formación mínima: Los administradores deben tomar un programa de certificación de 80 horas, pasar un examen estatal simple y obtener 40 horas de educación continua cada dos años. El personal debe recibir al menos 40 horas de formación en el centro durante el primer año de empleo (20 horas antes de trabajar de forma independiente con los residentes, y 20 horas en las primeras cuatro semanas de empleo), y al menos 20 horas anuales a partir de entonces. La formación sobre el cuidado de la demencia es necesaria para todo el personal de la RCFE (y no sólo para las RCFE que anuncian el cuidado de la demencia). Se requiere capacitación adicional para el personal que ayuda a los residentes con la auto-administración de medicamentos. (Código de Salud y Seguridad de California, Secciones 1569.23, 1569.616, 1569.62, 1569.625, 1569.626, 1569.69; Código de Reglamentos de California, Título 22, Secciones 87405-87407, 87411.)
Calificación mínima: Los administradores deben tener 21 años de edad y poseer un diploma de escuela secundaria o equivalente para las instalaciones de 15 camas o menos – éstas comprenden más del 80% de todas las RCFE. Para instalaciones de 16 a 49 camas, el administrador necesita 15 créditos universitarios; y para instalaciones de más de 50 camas, 2 años de universidad o 3 años de experiencia, o educación y experiencia equivalentes. (Código de Salud y Seguridad de California, Sección 1569.613; Código de Reglamentos de California, Título 22, Sección 87405). El personal sólo debe tener 18 años de edad y aprobar la verificación de antecedentes penales. (Código de Reglamentos de California, Título 22, Sección 87411.) Nota: Debido a que las RCFE son instalaciones no médicas, no se requiere la presencia de RNs, LVNs o CNAs o cualquier personal con formación médica. Verifique las calificaciones del administrador y del personal clave.
¿Hay proporciones de personal?
No hay una proporción específica de personal por residente para los centros de vida asistida/cuidado residencial. La ley de California exige que el personal del centro sea en todo momento suficiente en número, cualificación y competencia para prestar los servicios necesarios para satisfacer las necesidades de los residentes y garantizar su salud, seguridad, comodidad y supervisión. (Código de Salud y Seguridad de California, Secciones 1569.269(a)(6), 1569.618(c); CCR, Título 22, Secciones 87411, 87468.2(a)(4)).
Debe haber por lo menos un administrador o sustituto designado con las calificaciones adecuadas para ser responsable de la gestión y administración de la instalación estar en las instalaciones las 24 horas del día. (Código de Salud y Seguridad de California, Sección 1569.618(b)). El centro también debe tener al menos un miembro del personal con formación en RCP y primeros auxilios de guardia y en las instalaciones en todo momento. (Código de Salud y Seguridad de California, Sección 1569.618(c).)
En cuanto a la supervisión nocturna, en los establecimientos con 15 o menos residentes, debe haber una persona «calificada» de guardia y en las instalaciones; en los establecimientos con 16-100 residentes, debe haber una persona despierta y en las instalaciones, y otra de guardia y capaz de responder en 10 minutos. (CCR, Título 22, Sección 87415.)
¿Cuánto cuesta la atención residencial para ancianos o la vida asistida?
El coste depende de una serie de factores como el tipo de alojamiento (por ejemplo, apartamento, habitación privada, habitación compartida), la gama de servicios necesarios y la zona geográfica. El coste mensual medio en California es de 4.500 dólares, con costes que van desde un mínimo de unos 1.069 dólares al mes para un residente con Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) hasta más de 10.000 dólares al mes. Los servicios especializados como la demencia o los cuidados paliativos son más costosos.
¿Existe un límite para que los centros puedan aumentar las tarifas de pago privado?
No. Dado que el cuidado residencial es un negocio privado, los proveedores cobrarán lo que el mercado soporte. Sin embargo, los establecimientos deben emitir avisos de 60 días para aumentar las tarifas, pero pueden aumentar los cargos por cambios en el nivel de atención de manera inmediata y avisar dentro de los 2 días hábiles. (Código de Salud y Seguridad de California, Secciones 1569.655, 1569.657; véase también la hoja informativa de CANHR sobre Acuerdos de Admisión: http://canhr.org/factsheets/rcfe_fs/html/rcfe_fs.admission.htm.)
¿Pueden los centros cobrar una tarifa de preadmisión?
Sí. Algunos proveedores no cobran nada o una cantidad mínima para cubrir los costos de realizar una evaluación, obtener los registros médicos y establecer los archivos. Otros cobran tarifas de miles de dólares. Exija una descripción por escrito de lo que cubren los honorarios. Negocie el importe si es demasiado elevado o busque otro centro. Los centros tienen prohibido cobrar depósitos de seguridad. (Código de Salud y Seguridad de California, Sección 1569.651; ver también la hoja informativa de CANHR sobre Acuerdos de Admisión: http://canhr.org/factsheets/rcfe_fs/html/rcfe_fs.admission.htm.)
¿Quién paga la factura de la atención residencial para ancianos o de la vida asistida?
La mayoría de las personas deben pagar privadamente por la atención. El seguro de cuidados de larga duración sólo cubre a un porcentaje muy pequeño de personas. Hay una financiación pública muy limitada a través de la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) para los residentes de la RCFE que califican para este programa (ver la hoja informativa de CANHR sobre SSI en una RCFE: http://canhr.org/factsheets/rcfe_fs/html/rcfe_fs.ssi.htm). Desafortunadamente, la tasa de SSI es tan baja que cada vez menos instalaciones aceptan personas con SSI.
¿Pagará Medicare o Medi-Cal?
No. Debido a que estas no son instalaciones médicas, ni Medicare ni Medi-Cal pagan directamente por el cuidado residencial/vida asistida. Hay un programa especial en 15 condados (Alameda, Contra Costa, Fresno, Kern, Los Ángeles, Orange, Riverside, Sacramento, San Bernardino, San Diego, San Francisco, San Joaquín, San Mateo, Santa Clara y Sonoma) – el Programa de Exención de Vida Asistida – en el que Medi-Cal paga por los residentes elegibles evaluados para necesitar atención de nivel de hogar de ancianos para vivir en un RCFE o vivienda pública.
¿Cómo puedo averiguar el historial de un centro?
Si lo solicita, un centro debe mostrarle la copia más reciente de su informe de inspección anual y una copia de cualquier queja justificada en el último año. Los informes de inspección recientes (posteriores al 16 de abril de 2015) y las quejas (posteriores al 11 de enero de 2016) también están disponibles en línea en el sitio web de la agencia reguladora estatal, el Departamento de Servicios Sociales, División de Licencias de Atención Comunitaria (CCL) – http://www.cdss.ca.gov/inforesources/Community-Care-Licensing/Facility-Search-Welcome. La única manera de ver el registro completo de la instalación es ir a una de las oficinas de distrito de CCL y solicitar ver el registro público de la instalación.
¿Cómo puedo averiguar más sobre el cuidado residencial para ancianos?
Puede ponerse en contacto con la oficina local de distrito de Community Care Licensing para recibir un listado de instalaciones. La información y los recursos adicionales se publican en línea en el sitio web de CCL. Algunos Programas de Ombudsman también tienen listados, ofrecen servicios de precolocación y proporcionan acceso a los informes de licencias. Para obtener información adicional, consulte las hojas informativas de la RCFE de CANHR: www.canhr.org/factsheets/index.html.
Página modificada por última vez: 4 de marzo de 2020