Justicia ambiental Organizaciones, responsabilidades y comercio

Según Ostrom (2008), los estudiosos todavía están en proceso de desarrollar un lenguaje compartido para el amplio conjunto de cosas llamadas «bienes comunes». A menudo hay confusión sobre las similitudes y diferencias entre conceptos como «recursos de uso común», «recursos de propiedad común», «recursos de acceso abierto» y «bienes comunes» en general. Ostrom (2008) considera que los «bienes comunes» se refieren a sistemas, como el conocimiento y el mundo digital, en los que es difícil limitar el acceso, pero el uso de una persona no resta una cantidad finita al uso de otra. Esta definición se acerca al concepto de «bienes públicos» en economía. Los bienes públicos se caracterizan simultáneamente por la no exclusividad (lo que implica que los recursos pueden ser explotados por cualquiera, ya que nadie tiene un derecho exclusivo) y la indivisibilidad (lo que implica que el uso de una parte del recurso por parte de un individuo o grupo no resta la cantidad disponible para los demás).

Los «recursos de uso común» se caracterizan por la divisibilidad, que marca la diferencia con los bienes públicos, e incluyen los recursos de acceso abierto, así como los recursos de propiedad común, en oposición a los recursos de propiedad privada. Estos últimos están en manos de individuos y empresas que crean la base para el funcionamiento de los mercados. Ostrom (2008) considera que los recursos de propiedad común son «… lo suficientemente amplios como para que sea difícil, aunque no imposible, definir a los usuarios reconocidos y excluir a otros usuarios por completo. Además, el uso de estos recursos por parte de cada persona resta beneficios que otros podrían disfrutar». Por ejemplo, el hecho de que una persona utilice el aire libre para respirar, no obstaculiza el uso de nadie más, mientras que el uso de la atmósfera como vertedero de grandes cantidades de dióxido de azufre o dióxido de carbono, impide que otras personas hagan (sin perjuicio para todos) un uso similar de la misma.

Common y Stagl (2005) consideran que los recursos de propiedad común incluyen los casos en los que los derechos están en manos de comunidades de individuos, incluyendo el gobierno y las organizaciones no gubernamentales, y su uso puede ser regulado de diversas maneras por una variedad de instituciones. A veces, existen derechos de propiedad sobre los recursos de uso común, pero es tan costoso hacerlos valer que no se ejercen. En este caso, el recurso de uso común tiene un tamaño o unas características que hacen que sea costoso, aunque no imposible, excluir a los posibles beneficiarios de obtener beneficios de su uso. Sin embargo, además de las limitaciones de aplicación de los derechos de propiedad, hay que reconocer que no todo está sujeto a derechos de propiedad de algún tipo.

Por esta razón, hay que considerar también los regímenes de acceso abierto en los que nadie es propietario ni ejerce el control sobre los recursos. Los recursos de libre acceso pueden considerarse un tipo de recursos comunes en los que cualquiera puede entrar y/o cosechar. Los recursos de libre acceso pueden explotarse por orden de llegada porque ningún individuo o grupo tiene la capacidad o el poder legal de restringir el acceso, lo que promueve una situación de «úsalo o piérdelo» (Tietenberg y Lewis, 2009). Los individuos que toman decisiones sobre la base de los beneficios y los costes para sí mismos ignorarán las externalidades de propiedad común que infligen a los demás. Cada individuo no tiene ningún incentivo para reducir la tasa de uso y conservar el recurso. La teoría económica considera que se trata de un «fallo del mercado» y sugiere varias consecuencias directas, llegando a la conclusión de que estos recursos suelen estar sobreexplotados. El problema del acceso abierto se conoce popularmente, pero de forma incorrecta, como la «tragedia de los comunes». Los recursos de acceso abierto pueden ser sobreexplotados, pero los recursos de propiedad común no tienen por qué sufrir una sobreexplotación y su asignación puede regularse de forma que se evite la tragedia.

En síntesis, los elementos compartidos en la definición de los recursos de propiedad común incluyen (1) la no exclusividad parcial o total, lo que implica que los recursos pueden ser explotados por cualquier individuo o comunidad ya que nadie tiene individualmente un derecho exclusivo, y (2) la divisibilidad, lo que implica que el uso de parte del recurso por un individuo o grupo resta la cantidad disponible para otros.

La pesca y los bosques son ejemplos de dos recursos de uso común que suscitan gran preocupación en la actualidad. Algunos autores se refieren también, con razón, a las cuencas de aguas subterráneas, los pastos y los sistemas de pastoreo, los lagos, los océanos y la atmósfera terrestre. En las dos décadas que siguieron al informe de la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CMMAD) Nuestro futuro común (Brundtland, 1987), «… los seres humanos no han logrado detener la tragedia de la sobrepesca masiva de los océanos, la gran deforestación y el vertido excesivo de dióxido de carbono en la atmósfera. Sin embargo, en algunos nichos específicos, como la pesquería de langosta de Maine, los bienes comunes están hoy en mejores condiciones que hace una o dos décadas» (Ostrom, 2008). Parte de la razón de los resultados mixtos es que la mayoría de los recursos de uso común difieren enormemente entre sí. Las diferencias se encuentran, por ejemplo, en las características de los recursos, los contextos socioeconómicos y culturales y las escalas. Sin embargo, concediendo la debida importancia a los sistemas de gestión y a los derechos de propiedad, hay que decir que la principal fuerza impulsora del agotamiento de los recursos es la población y el crecimiento económico.

La gestión adecuada de un recurso de uso común requiere una comprensión profunda de las causas de los conflictos (potenciales/existentes) en el uso del recurso. Adams et al. (2003) destacan que los conflictos sobre la gestión de los recursos de uso común no son simplemente materiales, ya que también dependen de las percepciones de los protagonistas. Dado que la definición del problema es una fase crítica en el proceso de elaboración de políticas, es esencial tener en cuenta de forma cuidadosa y transparente a los diferentes interesados, su conocimiento del contexto empírico, sus instituciones, creencias, mitos e ideas. Es esencial promover un diálogo eficaz para encontrar un régimen político adecuado. Ostrom (2008) sostiene que la defensa de una única solución idealizada para todos los recursos de uso común ha sido una parte fundamental del problema en lugar de la solución. También considera que muchos de los problemas más acuciantes a los que se enfrentarán las generaciones futuras son a escala mundial y que establecer acuerdos de gobernanza eficaces a esta escala ha resultado más difícil que a escala local.

Adams, W., Brockington, D., Dyson, J. y Vira, B. (2003) Managing Tragedies: Understanding Conflict over Common Pool Resources. Science, 302, (5652) 1915-1916.

Brundtland, G. H. (1987) Our Common Future: World Commission on Environment and Development, Oxford University Press Oxford.

Common, M., Stagl, S. (2005) Ecological Economics – an introduction. Cambridge University Press, Cambridge.

Ostrom, E. (2008) The Challenge of Common-Pool Resources. Environment, 50 (4) 9-20. (disponible en: http://www.environmentmagazine.org/Archives/Back%20Issues/July-August%202008/ostrom-full.html)

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