Leyes de Educación en el Hogar

Secciones
Asistencia obligatoria
Calificación de los padres
Trámites requeridos
Asignaturas requeridas
Exámenes anuales
Mantenimiento de registros

El texto completo de la Ley de Instrucción en el Hogar se puede encontrar aquí.

La Ley de Instrucción en Casa también está contenida en la publicación Washington State’s Laws Regulating Home-Based Instruction (the «Pink Booklet») publicada por la Oficina del Superintendente de Instrucción Pública.

También vea Knowledge is Power: Conozca la ley de educación en casa
Una serie de artículos de las Noticias de la OMS que exploran la ley de educación en casa

I – Asistencia obligatoria

RCW 28A.225.010

  • La edad de asistencia obligatoria en el estado de Washington es de 8 años O la edad en la que un niño está oficialmente inscrito en la escuela pública.
  • Si un niño es menor de 8 años y ha sido oficialmente inscrito en la escuela pública, el padre debe retirar formalmente al niño. RCW 28A.225.015 Sin embargo, no se presenta una declaración de intención para los niños menores de 8 años.
  • La ley de instrucción en el hogar afecta a los niños de 8 años en adelante.
  • Lea una breve historia de la asistencia obligatoria en el estado de WA

II – Calificaciones de los padres

RCW 28A.225.010 (4)

Para calificar para educar en casa debe cumplir con uno de los siguientes:

  • Haber obtenido 45 unidades trimestrales de crédito de nivel universitario.
  • Asistir a un curso de calificación para padres.
  • Trabajar con un maestro certificado que se reúna con su estudiante en un promedio de una hora a la semana.
  • Ser considerado suficientemente calificado para proporcionar instrucción en el hogar por el superintendente de su distrito escolar local.

III – Papeles requeridos

RCW 28A.200.010 (1)

  • Una Declaración de Intención de Proporcionar Instrucción Basada en el Hogar debe ser presentada anualmente. También vea nuestras 10 preguntas principales sobre la Declaración de Intención
  • Este formulario puede obtenerse y devolverse al superintendente del distrito escolar en el que vive, o al distrito que acepta al estudiante como estudiante transferido. En caso de que el formulario de su distrito solicite más información de la que usted está obligado a dar (el nombre de su hijo, la edad de su hijo, su nombre y dirección, y una casilla de verificación si ha contratado a un maestro certificado para supervisar su educación en el hogar como su método de calificación), esta Declaración de Intención de Proporcionar Instrucción en el Hogar cumple con la ley.
  • La información que necesita incluir en el formulario es el nombre y la edad de su(s) hijo(s), el nombre de los padres, la dirección e indicar si califica para educar en casa utilizando un maestro certificado de supervisión, firmar y fechar. Los distritos escolares no están legalmente autorizados a variar el formato de la Declaración de Intención o a solicitar información adicional.
  • Este formulario protege a la escuela – no son responsables de la educación del niño. Este formulario protege a los padres – su(s) hijo(s) no está(n) ausente(s).
  • Su declaración de intenciones no limita su capacidad de utilizar la escuela pública para la inscripción a tiempo parcial y/o servicios auxiliares.
  • Bajo absolutamente NINGUNA circunstancia un niño menor de 8 años está obligado a ser incluido en una Declaración de Intención, incluyendo un niño previamente inscrito en la escuela. Muchos funcionarios del distrito escolar creen erróneamente lo contrario. Utilice este formulario Carta de Retiro Formal para retirar formalmente a su estudiante de <8 años sin presentar una Declaración de Intención.

IV – Materias Obligatorias

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Las 11 materias requeridas necesitan ser incluidas en su plan de estudios.
Las 11 materias requeridas son lectura, escritura, ortografía, lenguaje, matemáticas, ciencias, estudios sociales, historia, salud, educación ocupacional y apreciación del arte y la música.
Estas no tienen que ser enseñadas por separado. Una unidad de estudio sobre las ranas podría incluir lectura, escritura, ortografía, ciencias, matemáticas, arte y educación ocupacional.

V – Pruebas anuales

RCW28A.200.010 (3)

Sus estudiantes deben participar en pruebas anuales.

Las pruebas se pueden lograr de una de dos maneras:

  1. Evaluaciones sin pruebas – una evaluación del progreso académico del estudiante es escrita por un maestro certificado por el Estado de Washington que está trabajando actualmente en el campo de la educación.
  2. Pruebas estandarizadas – una prueba estandarizada de logros aprobada por el Consejo Estatal de Educación es administrada anualmente al niño por una persona calificada.
  • Los resultados de las pruebas son parte de su registro privado de educación en casa, nadie más recibe una copia.
  • La OMS mantiene una lista de individuos que administran las pruebas en su área.

VI – Mantenimiento de registros

RCW 28A.200.010 (2)

Usted debe mantener registros.

  • Sus registros de educación en el hogar deben incluir los resultados de las pruebas anuales del estudiante o el informe de evaluación (ver V) y los registros de vacunación, junto con cualquier otro registro que se mantiene en relación con las actividades de instrucción y educación.
  • La ley no es específica sobre cómo o en qué forma se deben mantener estos registros.
  • Estos son sus registros privados y no necesitan ser compartidos con ninguna agencia estatal.
  • Estos registros pueden, y probablemente serán, solicitados por la administración de la escuela si su hijo se inscribe posteriormente en un entorno escolar tradicional.

RCW 28A.200.020 establece que los padres que hacen que sus hijos reciban instrucción en el hogar estarán sujetos únicamente a las leyes y reglamentos estatales mínimos que son necesarios para garantizar que se proporcione una oportunidad educativa básica suficiente a los niños que reciben dicha instrucción. Por lo tanto, todas las decisiones relativas a la filosofía o la doctrina, la selección de libros, materiales de enseñanza y el plan de estudios, y los métodos, el tiempo y el lugar en la prestación o la evaluación de la instrucción basada en el hogar será la responsabilidad de los padres, a excepción de los asuntos específicamente mencionados en el capítulo 28A.225 RCW.

La ley de educación en el hogar también establece que la legislatura reconoce que la instrucción basada en el hogar es menos estructurada y más experimental que la instrucción normalmente proporcionada en un aula. Por lo tanto, las disposiciones relativas a la naturaleza y la cantidad de la instrucción y las actividades educativas relacionadas serán interpretadas liberalmente.

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