Solicitantes de licencia – Junta Estatal de Examinadores de Contadores Públicos Certificados de Carolina del Norte

Solicitantes de licencia

Cómo contactar al personal de licencias

Buck Winslow, Gerente, (919) 733-1421

Alice Grigsby, Especialista, (919) 733-1422 (solicitudes originales, recíprocas, &temporales de licencia de CPA y cambio de estado)

Dirección postal
Sección de Licencias
Junta Estatal de Examinadores de CPA de Carolina del Norte
PO Box 12827
Raleigh, NC 27605-2827

Número de fax
Attn.: Licencias
(919) 715-8411

Elegibilidad

En Carolina del Norte, se emitirá un certificado (licencia) original de contador público de Carolina del Norte a una persona que sea, o declare su intención de ser, ciudadano de los Estados Unidos o sea un extranjero residente; tenga dieciocho (18) años de edad o más; sea de buen carácter moral; cumpla con los requisitos educativos y de experiencia especificados; y apruebe todas las secciones del Examen Uniforme de Contador Público (Examen). Una persona que solicite un certificado (licencia) de calificación como CPA debe presentar una solicitud y una declaración jurada de experiencia ante la Junta Estatal de Examinadores de CPA de Carolina del Norte (Junta) en los formularios suministrados por la Junta. También debe suministrar la documentación que demuestre que ha cumplido con los requisitos legales y reglamentarios para la certificación (licencia). Se deben presentar tres (3) certificados de buen carácter moral firmados por contadores públicos debidamente autorizados junto con la solicitud de un certificado (licencia) de contador público.

Requisitos para la certificación original (licencia)

Examen uniforme de contador público

Un solicitante de certificación (licencia) debe haber aprobado el examen con una puntuación de al menos 75 en cada sección y de acuerdo con 21 NCAC 08F .0105 . Si un solicitante no se presentó al Examen como candidato de Carolina del Norte, debe solicitar la transferencia de créditos del Examen a la jurisdicción que tiene sus calificaciones del Examen y también presentar un formulario de Intercambio Interestatal completado por la jurisdicción en la que el solicitante se presentó al Examen Uniforme de CPA. NOTA: Estos formularios (Solicitud de Transferencia de Créditos por Haber Aprobado Todo o Parte del Examen Uniforme de CPA en Otra Jurisdicción y Autorización de Intercambio Interestatal de Información de Examen y Licencia están incluidos en el Paquete Original de Solicitud de Licencia de CPA de NC). El solicitante debe completar la parte inicial de la Autorización para el Intercambio Interestatal de Información sobre el Examen y la Licencia y enviar el formulario a la junta de contabilidad donde se establecieron los créditos y/o el estatus (asegúrese de incluir un sobre con su dirección y sello). Ese consejo de contabilidad completará el resto del formulario y lo devolverá al solicitante. El solicitante presentará entonces el formulario completado como parte de su solicitud de certificación (licencia) de NC.

Educación

NCGS 93-12(5)a establece la educación requerida a los candidatos que solicitan la certificación (licencia) de CPA. Las 150 horas semestrales requeridas incluyen una concentración en contabilidad, como se define en 21 NCAC 08A .0309, y 24 horas semestrales de cursos que incluyen un (1) curso de tres (3) horas semestrales de al menos ocho (8) de los siguientes 10 campos de estudio:

  • comunicaciones;
  • informática;
  • economía;
  • ética;
  • finanzas;
  • humanidades/ciencias sociales;
  • entorno internacional;
  • derecho;
  • gestión; o
  • estadística

Cualquier persona que solicite la certificación de contador público (licencia) y que tenga una maestría o un título más avanzado en contabilidad, derecho tributario, economía, finanzas, administración de empresas, o una licenciatura en derecho de un colegio o universidad acreditada o su equivalente, cumple con 21 NCAC 08F .0410(b). Un solicitante que no se presentó al examen como candidato de Carolina del Norte debe presentar una transcripción oficial de la universidad/colegio (con el sello oficial de la escuela y la firma del registrador de la universidad) que muestre la finalización del requisito de educación de acuerdo con NCGS 93-12(5), 21 NCAC 08A .0309, y 21 NCAC 08F .0410.

Experiencia laboral

La Junta no emitirá un certificado (licencia) a un solicitante a menos que éste haya adquirido la experiencia laboral apropiada. 21 NCAC 08F .0401 requiere que la experiencia laboral sea completada antes de la fecha en que el individuo solicite la certificación (licencia). NCGS 93-12 define la experiencia laboral como:

  • Un año de experiencia en el campo de la contabilidad bajo la supervisión directa de un contador público certificado que actualmente tiene una licencia válida en cualquier estado o territorio de los Estados Unidos o el Distrito de Columbia.
  • Cuatro años de experiencia en la enseñanza de la contabilidad en un colegio o universidad de cuatro años acreditado por una de las asociaciones regionales de acreditación o en un colegio o universidad determinado por la Junta para tener normas sustancialmente equivalentes a una institución acreditada regionalmente.
  • Cuatro años de experiencia en el campo de la contabilidad.
  • Cuatro años de experiencia en la enseñanza de cursos de contabilidad de transferencia universitaria en un colegio comunitario o instituto técnico acreditado por una de las asociaciones regionales de acreditación.
  • Cualquier combinación de dicha experiencia que la Junta determine como sustancialmente equivalente a la anterior.

En el cálculo de la experiencia laboral, un año de experiencia laboral es 52 semanas de empleo a tiempo completo. El empleo a tiempo completo se define como el trabajo de al menos 30 horas semanales durante al menos un año. Las declaraciones juradas de experiencia para el trabajo a tiempo parcial (menos de 30 horas cada semana) deben contener un registro de las horas reales a tiempo parcial que el solicitante realizó servicios de contabilidad sólo para cada semana de empleo a tiempo parcial. Las horas reales a tiempo parcial no incluyen las horas pagadas por baja por enfermedad, vacaciones, asistencia a cursos de formación profesional continua (CPE) u otro tiempo no dedicado directamente a la prestación de servicios contables. El solicitante de la certificación (licencia) debe presentar a la Junta declaraciones juradas de experiencia de todos los empleadores pertinentes.

Curso de Derecho Contable

En el plazo de un año antes de solicitar la certificación, todos los solicitantes del certificado (licencia) deben completar un curso de ocho horas sobre los Estatutos y Reglas Contables de Carolina del Norte, incluyendo las Reglas de Ética y Conducta Profesional. La Junta sugiere que los solicitantes cumplan con el requisito dentro de los últimos meses antes de solicitar un certificado (licencia). La Asociación de Contadores Públicos de Carolina del Norte (NCACPA) ofrece dos cursos de calificación: un seminario de estudio en grupo de un día de duración, «Principios de Ética y Responsabilidades Profesionales», y un curso de autoestudio en línea, «Curso de Derecho de Carolina del Norte: Ética, Principios y Responsabilidad Profesional para los Solicitantes de Licencia de Carolina del Norte»

Miembros de las Fuerzas Armadas y Cónyuges de Militares

Aunque los requisitos para el Examen Uniforme de CPA y la licencia de CPA son los mismos para los solicitantes militares y no militares, NCGS 93B, 21 NCAC 08F .0105, y 21 NCAC 08J .0101(g) extienden beneficios específicos a los miembros de las Fuerzas Armadas y sus cónyuges. Por favor, póngase en contacto con el Departamento de Carolina del Norte de Asuntos Militares & y el Departamento de Asuntos de Veteranos de EE.UU. para obtener información sobre la elegibilidad para la asistencia relacionada con los gastos de educación y la licencia ocupacional.

Sometimiento de una solicitud de certificación original (licencia)

Las personas que solicitan la certificación original de Carolina del Norte (licencia) deben presentar todo el paquete de solicitud de licencia original de contador público de Carolina del Norte, incluyendo el formulario de solicitud; tres (3) certificados de buen carácter moral; la(s) declaración(es) jurada(s) de experiencia apropiada(s); prueba de haber completado el curso de derecho contable; una foto que cumpla con las normas de pasaporte de los Estados Unidos; y el pago con cheque o tarjeta de crédito. Recordatorio, la Junta lleva a cabo una verificación de los antecedentes de los solicitantes.

Si un solicitante no se presentó al examen como candidato de Carolina del Norte, debe solicitar la transferencia de los créditos del examen de la jurisdicción que tiene sus calificaciones del examen y presentar un formulario de intercambio interestatal (incluido en el paquete de solicitud de licencia de contador público de Carolina del Norte original). Si un solicitante no tiene una maestría en contabilidad, administración de empresas, economía o derecho tributario, o un doctorado en derecho (JD) con una concentración en contabilidad o impuestos, debe completar y presentar la hoja de trabajo de 150 horas para solicitantes de licencia (incluida en el paquete de solicitud de licencia original de CPA de NC).

Si tiene preguntas sobre la solicitud de certificación original de CPA de NC (licencia), comuníquese con Alice Grigsby.

Solicitantes de licencia de CPA: Verifique el estado de su solicitud de licencia

Certificados recíprocos (licencias)

La Junta puede emitir un certificado (licencia) recíproco de contador público a un contador público con licencia para ejercer la contabilidad pública por otra jurisdicción que resida en Carolina del Norte o cuyo lugar principal de negocios esté en Carolina del Norte y que cumpla con los requisitos estatutarios para la certificación (licencia). Si una persona recibe un certificado (licencia) recíproco para Carolina del Norte, no está obligada a mantener su licencia de otro estado, sin embargo, puede optar por permanecer activo en otra jurisdicción.

Un contador público de otra jurisdicción que ahora resida en Carolina del Norte o cuyo lugar principal de negocios esté en Carolina del Norte y que desee utilizar el título de contador público en Carolina del Norte debe solicitar un certificado (licencia) recíproco utilizando el Paquete de Solicitud de Licencia Recíproca de Contador Público de Carolina del Norte. Debe proporcionar a la Junta una declaración jurada firmada por un funcionario de la junta de licencias de CPA en la jurisdicción en la que el CPA está actualmente autorizado a ejercer la contabilidad pública que muestra tanto el número de certificado / licencia y que el solicitante está en buen estado. El solicitante debe proporcionar evidencia de sus calificaciones en el examen a través de una declaración jurada firmada por un funcionario de la junta de licencias de CPA en la jurisdicción donde se obtuvieron esas calificaciones.

El personal de la Junta emite automáticamente un permiso temporal para practicar a todos los solicitantes de certificados recíprocos (licencia) al recibir la solicitud de licencia recíproca y la cuota. La Junta emite al solicitante una declaración que confirma que el individuo está en buen estado en la jurisdicción que emite el certificado (licencia) de CPA y que el individuo tiene derecho a utilizar temporalmente el título de CPA y participar en la práctica pública de la contabilidad en Carolina del Norte durante 120 días después de la emisión o tras la emisión del certificado (licencia) recíproco del individuo, lo que ocurra primero. La Junta otorga permisos temporales para ejercer sólo a los solicitantes de certificados (licencias) recíprocos en espera de su calificación bajo 21 NCAC 08H .0101.

Si tiene preguntas sobre los certificados (licencias) recíprocos o los permisos temporales para ejercer, comuníquese con Alice Grigsby.

Solicitantes de licencia de contador público: Compruebe el estado de su solicitud de licencia

Ley de Clasificación Justa del Empleado

La Ley de Clasificación Justa del Empleado de Carolina del Norte (EFCA), adoptada por la Asamblea General en agosto de 2017, entró en vigor el 31 de diciembre de 2017. EFCA (NC Gen. Stat. Chapter 143, Article 82) aborda la práctica de los empleadores que clasifican erróneamente a los trabajadores como contratistas independientes en lugar de empleados. Al clasificar a un trabajador como contratista independiente, un empleador evita pagar los impuestos estatales y federales sobre la nómina, los impuestos sobre el desempleo y proporcionar un seguro de compensación para los trabajadores. Además de establecer la Sección de Clasificación de Empleados en la Comisión Industrial de Carolina del Norte, la EFCA vincula la clasificación errónea de los empleados a la concesión de licencias profesionales.

NC Gen Stat. 143-765 exige que cada junta de concesión de licencias de Carolina del Norte incluya una declaración de notificación pública sobre la EFCA en cada solicitud de licencia y en cada renovación de dicha licencia. El solicitante debe certificar que ha leído y comprendido la declaración de notificación pública. El solicitante también debe revelar si ha sido investigado por clasificación errónea de empleados y, de ser así, el resultado de la(s) investigación(es). Si un solicitante de licencia o de renovación de licencia no cumple con los requisitos de certificación y divulgación del Estatuto General de Carolina del Norte 143-765, la junta de licencias ocupacionales debe denegar la licencia o la renovación de la licencia de ese solicitante.

La declaración de notificación pública de la EFCA y la declaración de divulgación de la investigación son ahora parte de las solicitudes de la Junta para una licencia original de contador público, una licencia recíproca de contador público, la reemisión de una licencia de contador público y el restablecimiento de una licencia de contador público. Si un solicitante no completa la parte de la solicitud de la EFCA, su solicitud debe ser denegada. NOTA: Debe firmar (se aceptan firmas digitales) la declaración de divulgación; si simplemente escribe su nombre, la declaración le será devuelta para que la firme.

La información sobre la EFCA está disponible en el sitio web de la Comisión Industrial de Carolina del Norte.

Privilegio de práctica

Una persona cuyo lugar principal de negocios está fuera de Carolina del Norte tiene el privilegio de realizar u ofrecer servicios, ya sea en persona o por correo, teléfono o medios electrónicos, en Carolina del Norte como contador público sin aviso a la Junta, la presentación de cualquier otra documentación o el pago de cualquier cuota, si la persona cumple con todas las siguientes condiciones:

  • Es titular de un certificado (licencia) válido y no revocado como contador público o su equivalente emitido por otro estado, un territorio de los Estados Unidos o el Distrito de Columbia;
  • Es titular de una licencia o permiso válido y no revocado para ejercer como contador público emitido por otro estado, un territorio de los Estados Unidos o el Distrito de Columbia;
  • Ha aprobado el Examen y
  • No ha sido condenado por un delito grave en virtud de las leyes de los EE.UU., cualquier estado, un territorio de los EE.UU., o el Distrito de Columbia y nunca ha sido condenado por un delito, un elemento esencial de los cuales es la deshonestidad, el engaño o el fraude a menos que la jurisdicción en la que el individuo tiene licencia ha determinado el delito grave u otro delito no tiene efecto sobre la licencia del individuo.

Consentimiento individual a la jurisdicción

Un individuo que califica para el privilegio de práctica y ejerce el privilegio al realizar u ofrecer servicios como contador público en Carolina del Norte consiente simultáneamente como condición para el otorgamiento de este privilegio a:

  • Cumplir con las leyes de Carolina del Norte, las disposiciones del capítulo y las reglas adoptadas por la Junta Estatal de Examinadores de Contadores Públicos de Carolina del Norte;
  • Hacer que se entregue una notificación administrativa de audiencia a la junta de licencias en el estado principal de negocios del individuo, sin perjuicio de los requisitos de notificación individual de G.S. 150B-38; y
  • Estar sujeto a la jurisdicción personal, a la jurisdicción de la materia y a la autoridad disciplinaria de la Junta.

Si tiene preguntas sobre el privilegio de la práctica individual, póngase en contacto con Buck Winslow o Alice Grigsby. La información sobre el privilegio de práctica para las firmas de contadores públicos está disponible aquí.

Contadores extranjeros

Un contador extranjero debe cumplir con todos los requisitos de certificación (licencia) vigentes en el momento de la solicitud. Carolina del Norte y el Instituto de Contadores Públicos de Ontario, Nueva Escocia, Manitoba, Nuevo Brunswick, Columbia Británica y Saskatchewan han establecido conclusiones mutuas de equivalencia sustancial, lo que permite la certificación (licencia) entre las jurisdicciones. Un Contador Público que solicite la certificación (licencia) como Contador Público de Carolina del Norte, debe ponerse en contacto con Alice Grigsby para solicitar una Solicitud de Licencia Original de Contador Público a través del Examen Internacional de Calificaciones (IQEX).

Licencia de Privilegio

De acuerdo con NCGS 105-41, los Contadores Públicos autorizados por la Junta deben tener una licencia de privilegio anual emitida por el Departamento de Ingresos de Carolina del Norte. Por favor, revise la Carta de Opinión emitida por el Departamento de Ingresos para una explicación de la licencia de privilegio.

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